(Deuteronomio)
NO ENTRARÁN EN LA CONGREGACIÓN
El capítulo 23 comienza con una sección de las
personas que “no entrarán en la congregación de Israel”. Lo que implica no es que su presencia esté
prohibida en la nación, sino que no pueden ser considerados como “ciudadanos”,
lo cual les da el derecho, entre otras cosas, de ser rey o funcionario en
Israel, y de entrar al Templo. La
interpretación judía es que está prohibido casarse con estas personas, para que
no se conviertan en ciudadanos por matrimonio.
Veamos ahora la lista de personas que no podían
convertirse en ciudadanos:
a. Hombre
estéril o castrado
En la antigüedad, los reyes solían castrar a los
funcionarios que trabajaban en el palacio real, para evitar que se involucraran
con las esposas de su harem. También se
castraban a los sacerdotes de ciertos dioses paganos.
(Deu. 23:1) No entrará en la congregación de
Jehová el que tenga magullados los testículos, o amputado su miembro
viril.
b. “Mamzer”
Esta palabra es traducida al español como
“bastardo”, pero los judíos lo interpretan como: “mestizo”, nacido de padre
judío y madre pagana.
(Deu. 23:2)
No entrará bastardo en la congregación de Jehová; ni hasta la décima
generación no entrarán en la congregación de Jehová.
Anteriormente vimos que las consecuencias de la
unión con pueblos paganos era muy seria (Deu. 7:1-6; Exo. 34:12-16).
c.
Amonitas y Moabitas
La Biblia menciona en forma específica a los
amonitas y a los moabitas, ya que podría haber confusión con respecto a ellos
dado que eran “parientes” de los israelitas, por ser descendientes de Lot.
(Deu. 23:3)
No entrará amonita ni moabita en la congregación de Jehová, ni hasta la
décima generación de ellos; no entrarán en la congregación de Jehová para
siempre.
La prohibición contra estos pueblos en especial
se debe a lo que ellos hicieron en contra de Israel…
(Deu. 23:4-6)
por cuanto no os salieron a recibir con pan y agua al camino, cuando
salisteis de Egipto, y porque alquilaron contra ti a Balaam hijo de Beor, de
Petor en Mesopotamia, para maldecirte.
Mas no quiso Jehová tu Dios oír a Balaam; y Jehová tu Dios te convirtió
la maldición en bendición, porque Jehová tu Dios te amaba. No procurarás la paz de ellos ni su bien en
todos los días para siempre.
En la Biblia vemos una excepción sobresaliente:
el caso de Rut. La razón por la que ella
fue aceptada es porque aceptó completamente al Dios de Israel, dejando todas
sus costumbres atrás.
(Rut 1:16)
No
me ruegues que te deje, y me aparte de ti; porque a dondequiera que tú fueres,
iré yo, y dondequiera que vivieres, viviré.
Tu pueblo será mi pueblo, y tu Dios mi Dios.
La exclusión no es por razones raciales o
sociales, sino espirituales. Es para
evitar que entre en la congregación de Israel alguien que va a contaminar o
desviar al pueblo. El profeta Isaías
aclara que si un extranjero o eunuco se convierten al Señor y viven conforme a
lo que Él manda, ellos serán aceptados en la Casa de Dios (Isaías 56:1-7). Esto
probablemente se cumplirá hasta la era mesiánica.
d. Edomitas
y egipcios
En este contexto, la Torá hace mención de otros
pueblos vecinos: Edom y Egipto.
(Deu. 23:7)
No aborrecerás al edomita, porque es tu hermano; no aborrecerás al
egipcio, porque forastero fuiste en su tierra.
A los descendientes de estos no se les da
ciudadanía inmediata, pero sí a la tercera generación…
(Deu. 23:8) Los hijos que nacieren de ellos, en
la tercera generación entrarán en la congregación de Jehová.
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